Maria José Castro y Valeria Báez
¿Cómo vamos en paridad?
Para hablar de participación política femenina, es necesario comenzar por las leyes que respaldan las cuotas de mujeres en el poder. Colombia también cuenta con dos leyes afirmativas que permiten la participación de las mujeres en el ámbito político. La primera es la Ley Estatutaria 581 de 2000, conocida como la Ley de Cuotas, que señala que el 30% de cargos y órganos del poder público deben ser ocupados por mujeres. La segunda es la Ley Estatutaria 1475 de 2011 (Reglas de organización y funcionamiento de los partidos), en la cual se estableció que las listas de partidos políticos para cargos de elección popular deben estar conformados en un 30% por mujeres en donde se elijan más de 5 curules.
Los índices de participación política de las mujeres, a pesar de las leyes que respaldan las cuotas femeninas, siguen siendo muy bajos. Este alarmante indicador pone en evidencia el sistema patriarcal del país, donde los hombres han ostentado el poder a lo largo de la historia.
De las 820 curules del capitolio, sólo 55 son ocupadas por mujeres.
A pesar de que las mujeres en Colombia representan el 51,2% de la población, en el Congreso ocupan sólo el 20%.
Cuando Colombia le dijo NO a la paridad
Durante el año 2020, se presentó una Reforma Política liderada por el Partido Liberal, que contemplaba la paridad, la alternancia y las listas cerradas (en estas listas los votantes sólo pueden votar por el partido político en su conjunto, no por un candidato específico) eliminando así el voto preferente.
Dicha reforma fue hundida el 5 de noviembre del mismo año por la plenaria de la Cámara. La votación se cerró con 91 votos a favor de archivar el proyecto y con 58 votos en contra. Este proyecto, que debía ser presentado en 7 debates, se hundió tan sólo en el segundo. Así fue como el Congreso le dijo no a la paridad política en Colombia.
Lo que presentaba esta reforma en materia de igualdad política para las mujeres era que todos los partidos que anunciaran candidaturas a los Concejos, Asambleas y al Congreso, debían hacerlo alternando hombres y mujeres en la listas para permitir un equilibrio justo de participación en los cargos de elección popular.
Consultamos a José Daniel López, representante a la Cámara por Bogotá por el Partido Cambio Radical, sobre el hundimiento de esta reforma. Para el representante, esto sucedió porque tocaba los intereses y las formas por medio de las cuales las casas políticas tradicionales del Congreso eligen. Además, exigía la eliminación del voto preferente que ha sido una de las principales causas de la corrupción de los partidos políticos en Colombia, pues, naturalmente esto cambiaba las reglas de juego con las cuales existe el actual Congreso de Colombia.
FOTO DE ARCHIVO DE INFOBAE
La vencida con el Código Electoral
Esta lucha por la paridad política en Colombia no culmina aquí. En el Proyecto de Reforma al Código Electoral, que se presentó en diciembre del mismo año, se pasó la propuesta de ampliar la cuota de género del 30% al 50% en las listas a corporaciones públicas. La propuesta fue aprobada en ambas Cámaras. El 16 de diciembre de 2020, en el Senado se cerró la votación con 91 votos a favor y uno en contra.
De estos debates en el Congreso, se crearon dos artículos sobre la paridad de género en el código electoral. Uno fue aprobado en Cámara, el Proyecto de Ley Estatutaria No. 409 de 2020 y otro en Senado, el Proyecto de Ley Estatutaria No. 234 de 2020.
Para que pudiera resultar una sola versión de los dos artículos, se creó una Comisión de Conciliación integrada por cuatro congresistas: Alejandro Vega y Fabio Amín, del Partido Liberal, Julio César Triana del Partido Cambio Radical y Armando Bennedetti del Partido de la U.
Después de la discusión y modificación de los Artículos, finalmente, se aprobaron las listas paritarias a corporaciones públicas, estableciendo así, un igual número de mujeres y hombres. “Si anteriormente, con la ley de cuotas era difícil para los partidos políticos “rellenar” con el 30% de mujeres las listas, llegar a un 50% será una dificultad muy grande”, según el representante José Daniel López.
Artículo 84. Cuota de género. En atención a la aplicación progresiva de los principios de equidad de género, paridad, alternancia y universalidad consagrados en los artículos 40, 107 y 262 de la Constitución Política; en las listas donde se elijan (5) o más curules para corporaciones de elección popular o las que se sometan a consulta, deberán conformarse por un mínimo de un cincuenta por ciento (50%) de mujeres, sobre el número de candidatos inscritos. Para las listas de menos de 5 curules, se les aplicará el treinta por ciento (30% ) para la conformación de la cuota de género. (Parágrafo 2).
PARIDAD ¡YA!, una campaña esperanzadora
El triunfo de la paridad en el Código Electoral no se puede atribuir únicamente a los diversos congresistas que impulsaron la reforma. En la hazaña también participaron distintas organizaciones como FESCOL y la Fundación Artemisas, quienes lideraron la Campaña Política PARIDAD ¡YA!, en conjunto con la Red Nacional de Mujeres, la Casa de la Mujer, la Red Nacional de Incidencia Política Nosotras Ahora, Fundación Avina, entre otras.
Consultamos a Alejandra Trujillo, abogada feminista y directora de Proyectos de la Fundación política Friedrich-Ebert-Stiftung en Colombia (Fescol), sobre el inicio de la campaña:
Alejandra también nos comentó lo que significó la aprobación de la paridad en las listas: “Lo que vemos en esto fue un primer paso, un primer paso que yo creo que en la campaña fue fundamental. La presión que logramos hacer desde la ciudadanía sí es importante y sí se requiere, quizás en otro ambiente político no hubiéramos podido conseguir la reforma en el código electoral, pero creo que se cruzaron un montón de cosas. No mal harían pensar que es un gran triunfo nuestro como campaña, yo diría que ahí encontramos muchas aliadas y muchos aliados en el Congreso de distintos partidos”.
La campaña no encontró solo aliados, también durante todo el proceso de paridad política hubo muchos detractores. En palabras de Alejandra, la campaña se enfrentó a discursos como “¿Por qué qué el 50%?” y “¿Quién les dijo que el 50 es el número perfecto?”, que fueron muy recurrentes durante los debates, tanto de parte de mujeres como de hombres, incluso de la ciudadanía.
Además de estos discursos, existen muchas otras barreras que impiden la participación de las mujeres, barreras culturales que han reservado a las mujeres en los espacios privados, barreras sistémicas que privilegian la participación masculina en el sistema político, barreras de financiación que no permiten una participación efectiva de las mujeres en los partidos políticos y barreras de violencia, ya que, se les ataca por el hecho de ser mujeres y participar en la política, esto a través de instrumentalizar sus cuerpos.
¿Y ahora qué?
Con la aprobación de las listas paritarias en los cargos a elección popular, todos los partidos políticos tienen una responsabilidad muy grande, no sólo en la conformación de las listas, sino también en el acompañamiento y en la financiación política de las mujeres.
Esta medida los obliga a ceder un espacio político a las mujeres. A pesar de que no existe una fórmula precisa para comprobar que las mujeres que conformen las listas no sean sólo por “relleno”, este paso histórico es una nueva oportunidad para que los partidos se tomen en serio la promoción de liderazgos femeninos.
Tampoco habrá forma de probar que tener un 50% de mujeres en cargos decisivos mejorará la situación de todas las mujeres del país. Pero la incrementación de la participación femenina dentro de las listas de Colombia es un paso para lograr una democracia efectiva.
Para el representante López del partido Cambio Radical, dicha democracia efectiva se genera desde la transformación social: “Yo creo que los cambios sociales, los cambios culturales y económicos son mucho más poderosos que los cambios legales e institucionales. Supongo que estamos enmarcados en un proceso histórico donde lentamente estas brechas se van reduciendo”.
A la lucha de paridad y los logros en materia de igualdad, han precedido mujeres que han cambiado el rumbo de la participación femenina en el país. Desde el voto, hasta los derechos conquistados en la constituyente, recordamos la lucha histórica de la mujer en Colombia.
Lucha histórica por la participación política
La lucha de las mujeres en Colombia por participar en la política ha estado marcada por grandes obstáculos estructurales. Durante toda la historia, los derechos que han sido adquiridos por las mujeres como privilegios, han dado cuenta del papel privilegiado que ocupan los hombres en la política y la esfera social. A las mujeres, por otro lado, las han reservado en el ámbito privado. Incluso, en el siglo XX, cuando se empezaba una República Independiente en Colombia, como en la mayoría de naciones, las mujeres no tenían derecho al voto, ni mucho menos a participar abiertamente en la política. Fueron excluidas de las urnas, de los partidos y la academia.
Si bien, en la actualidad, las mujeres tienen derechos consagrados en la Constitución Política de 1991, como el derecho general a la igualdad y no discriminación por sexo, derecho al divorcio y protección de la mujer embarazada, entre otros, esto no siempre fue así.
En la Constitución Política de 1832, se estableció que las únicas personas que podían ejercer el derecho al voto debían ser hombres, mayores de 21, casados y además, debían poseer bienes de fortuna. Después, en la Constitución Política de Colombia de 1886, se estableció que “La religión Católica, Apostólica y Romana es la de la Nación: los poderes públicos harán que sea respetada como esencial elemento del orden social”. Lo anterior, dio la potestad a la iglesia de regular el ámbito matrimonial y mandar sobre las mujeres, confiriéndoles, una vez más, al espacio doméstico.Además de estas medidas adoptadas, las mujeres tampoco podían adquirir ningún acuerdo económico sin la autorización escrita de su cónyuge, por esta razón, se creó la Ley 28 de 1932, que le otorgó a las mujeres derechos patrimoniales para poder administrar de manera autónoma sus bienes.
FOTO DE ARCHIVO DE EL TIEMPO
Para hablar de paridad política, las mujeres a través de la historia en Colombia recorrieron un largo camino de lucha por sus derechos primarios. Recordemos cómo se aprobó el voto femenino en el país.
Luego de muchos años de desigualdad hacia las mujeres, la irrupción de las mujeres en la política de Colombia llega en agosto de 1954, cuando por primera vez se permitió el voto femenino mediante el acto legislativo No. 3 de la Asamblea Nacional Constituyente, bajo el mandato de Gustavo Rojas Pinilla. Colombia se unió a la lista de los países de América Latina en aprobar el voto femenino.
Después de este logro histórico de diversas mujeres que se unieron bajo la “Unión Femenina” y la Alianza Femenina, se abrió paso a la incidencia política de las mujeres en el sistema político colombiano, así como el mundo avanzaba en derechos civiles, Colombia avanzaba en materia de equidad de género.
Una vez conquistado el derecho a votar y ser elegidas, la lucha por una igualdad política no se detuvo. En la Constitución Política de 1991, participaron cuatro mujeres que asumieron el compromiso, junto a 70 hombres asambleístas, de sentar las nuevas bases que dieron vida a los derechos y libertades de los colombianos.
Fue así como el 5 de febrero de 1991, Aida Yolanda Abella Esquibel, María Mercedes Carranza Coronado, María Teresa Garcés Lloreda y Helana Herrán de Montoya, llevaron a cabo propuestas feministas que permitieron reconocer la igualdad entre hombres y mujeres. Además, garantizar la participación de la mujer en la administración pública (Art. 40) y en la constitución de los partidos políticos (Art. 107).
En el recorrido histórico de la lucha por la paridad política en Colombia, es importante tener en cuenta los países que conforman América Latina y sus propios avances en materia de igualdad de género. Por ello, realizamos un recuento del contexto paritario en 16 países de habla hispana en el continente.